En todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,5 mt., ocupando parte o la totalidad del carril contiguo a la calzada, al adelantar:
La exigencia de dejar una separación lateral mínima de 1,5 m, ocupando parte o incluso la totalidad del carril contiguo, se aplica al adelantar a peatones fuera de poblado.
En carretera interurbana las velocidades suelen ser mayores y el riesgo para el peatón es mucho más alto, por eso la norma fija esa distancia mínima.
- Fuera de poblado: 1,5 m como mínimo al rebasar a peatones, con margen suficiente.
- Dentro de poblado: se debe extremar la precaución y dejar separación suficiente, pero la pregunta se refiere al mínimo reglado de 1,5 m en el ámbito interurbano.
Por eso la opción “a peatones en todo caso” no es la que encaja con la redacción típica del reglamento en este punto: el mínimo de 1,5 m se asocia específicamente a adelantamientos fuera de poblado.
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