En una carretera convencional con un carril para cada sentido y arcén pavimentado de 1,50 metros, se considera que un camión circula a una velocidad anormalmente reducida si lo hace a:
En una carretera convencional, la velocidad máxima para los camiones es de 80 km/hora y la velocidad mínima es de 40 km/hora. Se considera que circula a velocidad anormalmente reducida si se hace por debajo de esa velocidad mínima.
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