Entre el ocaso y la salida del sol o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, ¿es obligatorio señalizar una carga que sobresale lateralmente más de 0,40 metros de los bordes exteriores de las luces de posición?

Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo de tal forma que su extremidad lateral se encuentre a más de 40 centímetros (0,40 metros) del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición, entre la puesta y la salida del sol y cuando las condiciones meteorológicas o ambientales disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberá ser señalizadas de manera obligatoria con una luz blanca y dispositivo reflectante si sobresale en la parte delantera y luz roja y dispositivo reflectante rojo si sobresale por la parte trasera.

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Si conduzco un camión de 3 ejes cuya longitud es de 12 metros, debo saber que, como norma general la carga: -No puede sobresalir ni por delante ni por detrás del vehículo. (media)

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