La autorización excepcional de un camión en régimen de transporte especial, fijará una velocidad máxima de circulación que no superará...
En los vehículos en régimen de transporte especial que circulen con autorización excepcional, la velocidad máxima de circulación permitida será la fijada en la autorización, que en ningún caso superará los 60 km/hora. Sobre estas limitaciones prevalecerán las mas restrictivas que figuren en la tarjeta ITV.
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