La velocidad máxima, con carácter general, para un vehículo especial, cuando circulen por vías de uso público es de…

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La velocidad máxima genérica que con carácter general un vehículo especial puede alcanzar en una vía pública es de 40 kilómetros por hora. Ésta se reducirá a 25 kilómetros por hora en aquellos vehículos especiales que no tienen señal de frenado, llevan remolque o son motocultores.

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