La velocidad máxima, con carácter general, para un vehículo especial, cuando circulen por vías de uso público es de…
La velocidad máxima genérica que con carácter general un vehículo especial puede alcanzar en una vía pública es de 40 kilómetros por hora. Ésta se reducirá a 25 kilómetros por hora en aquellos vehículos especiales que no tienen señal de frenado, llevan remolque o son motocultores.
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En una autopista, ¿está permitido utilizar los pasos que hay en la mediana para hacer un cambio de sentido de la marcha?
-No, porque está prohibido. (media)
En un tramo de vía convencional, donde no está prohibido adelantar, la distancia mínima que debe mantener un camión con el vehículo que le precede será:
-Se deberá dejar una separación mínima de 50 metros. (fácil)
Si el camión que conduzco tiene una longitud superior a 10 metros, ¿cuándo debo dejar una distancia de seguridad de al menos 50 metros con el vehículo que lleva delante al que no pretende adelantar?
-Cuando circule por vías interurbanas que dispongan de un carril para cada sentido. (media)
Para establecer los límites de velocidad en las vías, ¿qué criterios se utilizan?
-La velocidad de diseño de la vía, y su grado de congestión. (media)
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