Las velocidad máximas para vehículos especiales:

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Cuando puedan alcanzar una velocidad superior a los 60 km/h en llano y cumplan con la normativa reguladora de los vehículos podrán circular a 70km/h. Si carecen de señalización de frenado, llevan remolque o son motocultores. 25km/h. El resto de vehículos especiales: 40km/h.

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Las señales de balizamiento, ¿pueden también indicar los obstáculos que se encuentren en una vía? -Sí, y también indican el desarrollo o trazado de una vía. (media)
Esta señal indica: -Entrada prohibida a camiones y furgones cuya MMA supere la indicada en la señal, aunque circulen vacíos. (media)

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