No se considerará un adelantamiento el hecho de circular con un camión más rápido que…

El Reglamento General de Circulación establece que las siguientes maniobras no tendrán la consideración de adelantamiento: la circulación más rápida de un vehículo respecto de los vehículos que circulen por los carriles de incorporación, aceleración o deceleración, y el adelantamiento entre ciclistas que circulan en un mismo grupo

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Si encuentro esta señal en la vía, debo saber que tienen prohibido el paso: -Los vehículos y conjuntos de vehículos cuya longitud, incluida la carga, supere la indicada en la señal. (media)

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