Se considera que se obstaculiza gravemente a la circulación con el hecho de efectuar una parada...
Se considerarán paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo a la circulación cuando se obstaculice la utilización normal del paso de entrada, salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente.
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