Se considera que un transporte es público...

Se denomina transporte público por carretera a aquel que se lleva a cabo por cuenta ajena mediante retribución económica cuando se realice por cuenta de otra persona sea física o jurídica. El transporte privado en cambio será aquel que se lleva a cabo por cuenta propia, bien sea para satisfacer necesidades particulares, bien como complemento de otras actividades principales realizadas por empresas o establecimientos del mismo sujeto, y directamente vinculado al adecuado desarrollo de dichas actividades.

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