Se entiende por vehículo industrial:

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- A) Vehículos de motor dedicados al transporte de mercancías con M.M.A no superior a 3,5Tn, pero no así sus remolques.
- B) Los remolques y semirremolques de M.M.A superior a 3,5Tn.
- C) Vehículos de motor dedicados al transporte de viajeros que no tengan más de 9 asientos incluido el del conductor y sus remolques.
El Reglamento de Circulación considerará como vehículo industrial a aquellos remolques y semirremolques de Masa Máxima Autorizada superior a 3500 kilogramos.
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