Si conduce un camión con una altura de 4 metros, ¿cuánto podrá sobresalir, como norma general, una carga indivisible por la parte superior?

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En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías como el camion, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba, podrán sobresalir por la parte superior del mismo hasta un máximo de 4 metros. Es decir, si el camion ya tiene una altrura de 4 metros no se le podrá añadir ninguna carga que haga que tenga una altura superior a estos 4 metros.

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