Si conduce un camión de grandes dimensiones por una carretera y no puede ceñirse por completo al borde derecho de la calzada, ¿está obligado a indicar al vehículo que le sigue y que pretende adelantarlo, que puede hacerlo?
En el caso de que no sea posible ceñirse por completo al borde derecho de la calzada y, sin embargo, el adelantamiento pueda efectuarse con seguridad, el conductor de un camión de grandes dimensiones que vaya a ser adelantado estará obligado a indicar la posibilidad de ello al que se acerque, extendiendo el brazo horizontalmente y moviéndolo repetidas veces de atrás adelante, con el dorso de la mano hacia atrás, o poniendo en funcionamiento el intermitente derecho, cuando no crea conveniente hacer la señal con el brazo.
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Si el conductor de un camión observa que un vehículo ha indicado su propósito de cambiar de dirección a la izquierda, ¿puede adelantarlo por la derecha?
-Sí, siempre que exista espacio suficiente. (media)
En todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,5 mt., ocupando parte o la totalidad del carril contiguo a la calzada, al adelantar:
-A peatones fuera de poblado (media)
Circulando con su camión por un tramo en el que no se puede adelantar, alcanza el vehículo de un conductor novel que circula lentamente, ¿cómo debe actuar?
-Circularé detrás, respetando la distancia de seguridad hasta poder adelantarlo. (difícil)
Las maniobras por norma general son:
-Voluntarias (media)
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