Si su vehículo destinado a obras y servicios matriculado el 14 de Octubre de 2002 y con una antigüedad de 5 años, paso la última ITV con fecha 14 de Octubre de 2006, ¿Cuándo deberá pasar de nuevo la ITV?
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- A) Tendrá que pasarla antes del 14 de Octubre de 2010, ya que ese tipo de vehículos con antigüedad de 4 a 10 años están obligados a pasar la ITV cada dos años.
- B) Tendrá que pasarla antes del 14 de Octubre de 2008, ya que ese tipo de vehículos con antigüedad de 4 a 10 años están obligados a pasar la ITV cada dos años.
- C) Tendrá que pasarla antes del 14 de Octubre de 2009, ya que ese tipo de vehículos con antigüedad de 4 a 10 años están obligados a pasar la ITV cada dos años.
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Los vehículos de obras, englobados en la categoría de vehículos especiales, deberán pasar su primera revisión ITV a los 4 años tras su fecha de matriculación en este caso en el 2006 como ya se hizo. De los 4 a los 10 años tras su primera matriculación deberán pasar la revisión cada 2 aós, y cuando supere los 10 años de antigüedad deberá hacerlo cada año.
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