Si usted se aproxima, a una glorieta o intersección de vías, en cuyo centro hay un jardín, monumento, fuente, etc., por norma general, ¿por dónde circulará?

El artículo 43 del Reglamento de Circulación establece que en las plazas, glorietas y encuentros de vías, los vehículos siempre circularán dejando a su izquierda el centro de las mismas. Se permitirá el cambio de dirección siguiendo la dirección y sentido de las flechas de la señal circular.
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