A efectos de control administrativo, ¿qué hay que hacer con los contratos de arrendamiento de vehículos sin conductor?
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- A) El contrato de arrendamiento o un extracto del mismo deberá llevarse a bordo del vehículo.
- B) El contrato deberá permanecer en las oficinas o domicilio del arrendatario para evitar su pérdida en caso de robo o accidente del vehículo.
- C) No es necesario que se conserve por el arrendador, sólo el arrendatario tiene obligación de conservarlo.
- D) Deberán guardarse por el arrendador y el arrendatario un período de 5 años.
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(fácil)
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(media)
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(media)