A efectos de obligaciones aduaneras, cuando nos referimos a exportación hablamos de:
1. A efectos de obligaciones aduaneras, cuando nos referimos a exportación hablamos de:
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- A) intercambios de mercancías dentro del territorio aduanero de la Comunidad.
- B) salida de mercancías comunitarias del territorio aduanero de la Comunidad.
- C) salida de mercancías desde un Estado de la Comunidad con destino a otro Estado miembro.
- D) intercambios de autorizaciones bilaterales entre Estados.
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