¿Cómo puede tomarse el descanso diario normal cuando se fracciona en dos periodos?

El descanso diario normal puede fraccionarse en dos periodos, siempre que se respeten las condiciones establecidas por el Reglamento (CE) 561/2006.

El primer periodo de descanso debe tener una duración ininterrumpida mínima de 3 horas.

El segundo periodo debe ser de al menos 9 horas consecutivas, garantizando así el descanso completo del conductor.

Entre ambos periodos se permite la conducción u otras actividades, siempre que no se interrumpa la secuencia.

La suma total equivale a un descanso diario de 12 horas, considerado reglamentario.

Esta opción brinda flexibilidad a los conductores sin comprometer la seguridad vial.

El registro de ambos descansos debe quedar reflejado en el tacógrafo digital.

Por tanto, puede dividirse en 3 + 9 horas de descanso ininterrumpido.

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