¿Cómo puede tomarse el descanso diario normal cuando se fracciona en dos periodos?

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El descanso diario normal puede fraccionarse en dos periodos, siempre que se respeten las condiciones establecidas por el Reglamento (CE) 561/2006.

El primer periodo de descanso debe tener una duración ininterrumpida mínima de 3 horas.

El segundo periodo debe ser de al menos 9 horas consecutivas, garantizando así el descanso completo del conductor.

Entre ambos periodos se permite la conducción u otras actividades, siempre que no se interrumpa la secuencia.

La suma total equivale a un descanso diario de 12 horas, considerado reglamentario.

Esta opción brinda flexibilidad a los conductores sin comprometer la seguridad vial.

El registro de ambos descansos debe quedar reflejado en el tacógrafo digital.

Por tanto, puede dividirse en 3 + 9 horas de descanso ininterrumpido.

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