¿Cómo puede tomarse el descanso diario normal cuando se fracciona en dos periodos?
- A) Dividido en dos periodos, el primero de los cuales deberá tener una duración ininterrumpida mínima de 4 horas y el segundo una duración ininterrumpida mínima de 8 horas.
- B) Dividido en dos periodos, el primero de los cuales deberá tener una duración ininterrumpida mínima de 3 horas y el segundo una duración ininterrumpida mínima de 9 horas.
- C) Dividido en dos periodos, el primero de los cuales deberá tener una duración ininterrumpida mínima de 9 horas y el segundo una duración ininterrumpida mínima de 3 horas.
El descanso diario normal puede fraccionarse en dos periodos, siempre que se respeten las condiciones establecidas por el Reglamento (CE) 561/2006.
El primer periodo de descanso debe tener una duración ininterrumpida mínima de 3 horas.
El segundo periodo debe ser de al menos 9 horas consecutivas, garantizando así el descanso completo del conductor.
Entre ambos periodos se permite la conducción u otras actividades, siempre que no se interrumpa la secuencia.
La suma total equivale a un descanso diario de 12 horas, considerado reglamentario.
Esta opción brinda flexibilidad a los conductores sin comprometer la seguridad vial.
El registro de ambos descansos debe quedar reflejado en el tacógrafo digital.
Por tanto, puede dividirse en 3 + 9 horas de descanso ininterrumpido.
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