¿Cómo se denomina habitualmente el transporte de viajeros por cuenta ajena?

El transporte de viajeros por cuenta ajena se denomina habitualmente transporte público, porque se realiza en beneficio de terceros mediante una contraprestación económica.

En este tipo de transporte, la empresa titular del servicio actúa con autorización administrativa y pone sus vehículos al servicio del público o de clientes concretos.

Se diferencia del transporte privado, que sólo cubre necesidades internas de la propia empresa o institución.

Por ello, la opción correcta es “Transporte público”, al ser la denominación legal y operativa del transporte por cuenta ajena.

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