¿Cuál de las siguientes conductas no está considerada delito contra la seguridad vial en el Código Penal?
1. ¿Cuál de las siguientes conductas no está considerada delito contra la seguridad vial en el Código Penal?
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- A) Originar un grave riesgo para la circulación no restableciendo la seguridad de la vía cuando haya obligación de hacerlo.
- B) Originar un grave riesgo para la circulación sustrayendo o anulando la señalización.
- C) Atracar a mano armada a un conductor profesional.
- D) Originar un grave riesgo para la circulación mediante la colocación en la vía de obstáculos imprevisibles.
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