¿Cuál de las siguientes no es una denominación utilizada por la normativa de la Unión Europea o los convenios internacionales sobre transporte de viajeros en autobús?

Ver explicación

La denominación “transporte privado complementario” no es utilizada por la normativa de la Unión Europea ni por los convenios internacionales sobre transporte de viajeros en autobús.

Este término es propio de la legislación española, que lo usa para referirse a transportes internos de empresas sin fin comercial.

En cambio, la normativa europea emplea la expresión “transporte por cuenta propia” para definir esos mismos servicios.

Las categorías reconocidas a nivel internacional son: servicios regulares, discrecionales y de lanzadera.

Por tanto, la denominación ajena al marco europeo es transporte privado complementario.

Otros exámenes de conducción relacionados

En el caso de que se haya producido el reventón de una rueda del autobús y sea necesario un trasbordo: -el conductor entregará el equipaje a los pasajeros sin permitirles que penetren en la bodega. (media)
La magnitud viajero-kilómetro se obtiene de multiplicar: -los viajeros reales por los kilómetros realizados por cada uno de ellos. (media)

¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?

Empezar el examen
677 64 10 04