¿Cuándo está exento del uso del tacógrafo un transporte privado complementario?
1. ¿Cuándo está exento del uso del tacógrafo un transporte privado complementario?
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- A) Cuando la conducción de vehículos no constituya la principal actividad del conductor.
- B) Cuando el transporte se desarrolle íntegramente dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa.
- C) Cuando la MMdel vehículo utilizado no sea superior a 7,5 toneladas.
- D) Todas las respuestas anteriores son correctas.
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En caso de que la comisión de una infracción por exceso de conducción ponga en peligro la seguridad en carretera, las autoridades podrán:
-obligar al conductor a realizar el descanso diario.
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¿Es posible transferir los datos registrados en la memoria del tacógrafo a medios externos?
-Sí.
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Si un vehículo es descubierto con una manipulación en una inspección del aparato de control pero no está funcionando en ese momento:
-se considera igualmente infracción.
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De los siguientes vehículos, ¿cuáles están exentos de la instalación y uso del tacógrafo?
-Los vehículos con una velocidad máxima autorizada no superior a 40 km/h.
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