¿Cuántos extintores deberán estar obligatoriamente instalados en un vehículo de transporte de personas de más de 23 plazas, incluido el conductor?
En los vehículos de transporte de personas con más de 23 plazas, incluido el conductor, es obligatorio llevar un extintor de clase mínima 21A/113B.
Esta categoría garantiza una mayor capacidad de extinción frente a incendios sólidos (A) y líquidos inflamables (B), adecuados al tamaño y riesgo del vehículo.
El extintor debe estar instalado en un lugar visible y de fácil acceso para actuar con rapidez en caso de emergencia.
Modelos inferiores, como 8A/34B o 13A/55B, no proporcionan la protección suficiente para vehículos de gran capacidad.
Por tanto, la norma exige al menos un extintor de clase 21A/113B en autobuses de más de 23 plazas.
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