De acuerdo con la normativa comunitaria, los autobuses de clase I serán accesibles:
1. De acuerdo con la normativa comunitaria, los autobuses de clase I serán accesibles:
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- A) obligatoriamente a personas con movilidad reducida y opcionalmente también a usuarios de silla de ruedas.
- B) obligatoriamente a personas con movilidad reducida no usuarias de silla de ruedas.
- C) Para los autobuses de clase I se recomienda que sean accesibles, pero no es obligatorio.
- D) obligatoriamente a personas con movilidad reducida, incluidos los usuarios de silla de ruedas.
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