El contratista de un servicio de transporte regular de uso general podrá:

El contratista de un servicio de transporte regular de uso general puede tanto imponer una multa leve a los viajeros que incumplan sus obligaciones como no admitir a quienes no reúnan las condiciones mínimas de higiene.

Estas medidas están contempladas en la normativa de transporte para garantizar la seguridad, el orden y la comodidad de todos los pasajeros.

El transportista debe actuar siempre con proporcionalidad y conforme a los derechos del usuario.

Además, también puede denegar el acceso a quienes no abonen el precio del billete.

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