El periodo de conducción semanal, no puede exceder de:
1. El periodo de conducción semanal, no puede exceder de:
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Cualquier periodo ininterrumpido durante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo, ¿a qué concepto corresponde?
-Descanso.
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¿Cuál es el período máximo que puede conducirse ininterrumpidamente un vehículo que lleva tacógrafo?
-4 horas y media.
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¿Dónde debe anotar la nueva matrícula un conductor si cambia de un vehículo a otro y ambos tienen tacógrafos analógicos?
-En el disco-diagrama u hoja de registro si está homologado para ambos tacógrafos.
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El aparato de control instalado en un vehículo obligado a llevarlo tiene que:
-estar homologado.
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