En el caso de los transportes de carácter regular de uso general:
En los transportes regulares de uso general, todas las afirmaciones son correctas, ya que se trata de servicios públicos cuya titularidad corresponde a la Administración.
Esto significa que la Administración define y controla las condiciones de prestación del servicio, incluso cuando se gestione por concesión privada.
Además, es la encargada de establecer las tarifas que los usuarios deben abonar, garantizando su accesibilidad y equilibrio económico.
El carácter público del servicio busca asegurar la movilidad básica y el derecho al transporte de los ciudadanos.
La empresa concesionaria actúa como gestora, pero siempre bajo supervisión administrativa.
Estas condiciones aseguran una calidad homogénea y un servicio continuo en todo el territorio.
Por ello, los transportes regulares de uso general combinan interés público y gestión controlada.
Regla práctica: Transporte regular = servicio público, titularidad pública y tarifas fijadas por la Administración.
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