En el caso de los transportes de carácter regular de uso general:

En los transportes regulares de uso general, todas las afirmaciones son correctas, ya que se trata de servicios públicos cuya titularidad corresponde a la Administración.

Esto significa que la Administración define y controla las condiciones de prestación del servicio, incluso cuando se gestione por concesión privada.

Además, es la encargada de establecer las tarifas que los usuarios deben abonar, garantizando su accesibilidad y equilibrio económico.

El carácter público del servicio busca asegurar la movilidad básica y el derecho al transporte de los ciudadanos.

La empresa concesionaria actúa como gestora, pero siempre bajo supervisión administrativa.

Estas condiciones aseguran una calidad homogénea y un servicio continuo en todo el territorio.

Por ello, los transportes regulares de uso general combinan interés público y gestión controlada.

Regla práctica: Transporte regular = servicio público, titularidad pública y tarifas fijadas por la Administración.

677 64 10 04