En el transporte escolar y de menores, los vehículos no podrán superar, en ningún caso, al inicio del curso escolar la antigüedad de:

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La normativa del transporte escolar fija un límite de antigüedad para garantizar la seguridad estructural y mecánica del vehículo. Ese límite es de 16 años al inicio del curso.

Las demás opciones son incorrectas porque reducen o amplían ese límite sin respaldo normativo: 10 y 15 años serían más restrictivos de lo exigido, y 20 años superaría ampliamente lo permitido.

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Las puertas de servicio de los vehículos dedicados al transporte escolar: -serán del tipo operado por el conductor. (media)
Como regla general, los autobuses deben pasar la inspección técnica: -cada año hasta tener una antigüedad de cinco años y después cada 6 meses. (media)

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