En el transporte regular de uso especial existe:

En el transporte regular de uso especial (como el escolar o de trabajadores), la normativa establece la existencia de un contrato único para todos los viajeros.

Este contrato tiene una duración variable —por ejemplo, mensual, trimestral o anual— y cubre todos los servicios realizados mientras esté vigente.

Se firma entre la empresa transportista y la entidad contratante (centro educativo, empresa, etc.), no con cada pasajero individualmente.

Por tanto, la respuesta correcta es “un contrato único para todos los viajeros, de duración variable, que cubre todos los servicios realizados durante su vigencia”.

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