En España, si se trata de servicios interurbanos que no salgan en su recorrido del territorio de una Comunidad Autónoma, la titularidad corresponde:

En España, los servicios interurbanos que no salen del territorio de una Comunidad Autónoma tienen su titularidad autonómica.

Esto significa que la Comunidad Autónoma gestiona, regula y controla los transportes que se desarrollan íntegramente dentro de su ámbito territorial.

Incluye la autorización de líneas, horarios, tarifas y condiciones de prestación del servicio.

Los Ayuntamientos solo son competentes en transportes urbanos, dentro del municipio.

El Estado asume la competencia cuando los servicios interurbanos afectan a más de una comunidad.

Este reparto busca una gestión descentralizada y eficiente de los transportes públicos.

Así, cada nivel de gobierno actúa en su ámbito territorial específico.

Regla práctica: Interurbano dentro de una comunidad = competencia autonómica.

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