En las sociedades laborales, los estatutos podrán impedir la transmisión voluntaria de las acciones por actos inter vivos durante un periodo de tiempo no superior a:
En las sociedades laborales, los estatutos pueden limitar la transmisión voluntaria de las acciones o participaciones por actos inter vivos durante un periodo máximo de 5 años.
Esta restricción busca mantener la estabilidad interna y evitar la entrada de socios ajenos al proyecto laboral.
Pasado ese plazo, los socios podrán transmitir libremente sus acciones conforme a la ley y los estatutos.
La limitación debe estar expresamente recogida en los estatutos sociales desde la constitución o una modificación posterior.
El objetivo es preservar el carácter participativo y laboral de la sociedad.
Transcurrido el tiempo máximo, la sociedad no puede impedir la venta si se cumplen los requisitos legales.
Esta medida favorece la estabilidad y continuidad de la empresa en sus primeros años de actividad.
Regla práctica: En una sociedad laboral, las acciones pueden bloquearse hasta 5 años como máximo.
Otros exámenes de conducción relacionados
¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?
Empezar el examen