En las sociedades laborales, ¿qué porcentaje del capital debe de pertenecer a los trabajadores?
En las sociedades laborales, más del 50% del capital social debe pertenecer a los trabajadores que prestan servicios retribuidos de forma personal y directa.
Este requisito garantiza que la mayoría del control y la toma de decisiones permanezca en manos de quienes trabajan en la empresa.
Así se refuerza el carácter participativo y democrático propio de este tipo de sociedades.
Si el capital de los socios trabajadores baja del 50%, la empresa puede perder su condición de sociedad laboral.
Por tanto, los trabajadores deben poseer más del 50% del capital social.
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