En las sociedades laborales, ¿qué porcentaje del capital debe de pertenecer a los trabajadores?

En las sociedades laborales, más del 50% del capital social debe pertenecer a los trabajadores que prestan servicios retribuidos de forma personal y directa.

Este requisito garantiza que la mayoría del control y la toma de decisiones permanezca en manos de quienes trabajan en la empresa.

Así se refuerza el carácter participativo y democrático propio de este tipo de sociedades.

Si el capital de los socios trabajadores baja del 50%, la empresa puede perder su condición de sociedad laboral.

Por tanto, los trabajadores deben poseer más del 50% del capital social.

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