En los vehículos destinados al servicio público de transporte colectivo de personas, ¿se permite llevar un animal?

En el transporte colectivo de personas, la norma general es no permitir animales. Esto busca garantizar seguridad, higiene y comodidad a todos los viajeros. Los animales pueden generar molestias o riesgos durante la marcha. Por ello, su acceso está restringido de forma expresa.

La excepción es el perro lazarillo que acompaña a una persona invidente. Este animal está especialmente adiestrado y cumple una función asistencial. La normativa protege el derecho a la movilidad de las personas con discapacidad. Por eso, solo en este caso sí se permite llevar un animal.

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La masa máxima autorizada es: -la masa máxima para la utilización de un vehículo con carga en circulación por las vía públicas. (media)

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