En régimen de cabotaje no se pueden efectuar:

En régimen de cabotaje, no se pueden efectuar servicios regulares sin condiciones, ya que estos están sujetos a restricciones legales específicas.

El cabotaje permite a una empresa extranjera realizar transporte dentro de otro país, pero con limitaciones claras.

Solo se autorizan servicios regulares si forman parte de un servicio internacional y no incluyen trayectos urbanos o de cercanías.

Su objetivo es proteger el mercado interno y evitar la competencia desleal frente a operadores nacionales.

Por tanto, los servicios regulares sin condiciones quedan expresamente prohibidos en este régimen.

Los transportes discrecionales pueden permitirse en algunos casos, previa autorización.

La normativa europea regula el cabotaje para mantener el equilibrio entre libre competencia y control nacional.

Regla práctica: Cabotaje sí, pero nunca con servicios regulares libres o sin condiciones.

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