En un contrato de transporte de mercancías peligrosas sujeto al Convenio CMR:
1
2341
- A) el remitente debe informar de la naturaleza exacta del peligro, pudiendo el transportista, en caso contrario, descargarlas en cualquier momento y lugar, pero no destruirlas.
- B) el remitente debe informar de la naturaleza exacta del peligro; si no es así, el transportista puede negarse a cargar las mercancías, pero, una vez cargadas en el vehículo, debe llevar a cabo el transporte.
- C) el remitente no tiene obligación de informar de la naturaleza exacta del peligro, porque el transportista, si se compromete a la realización del transporte, debe tener conocimientos precisos sobre esta materia.
- D) el remitente debe informar de la naturaleza exacta del peligro, pudiendo el transportista, en caso contrario, descargarlas y destruirlas en cualquier momento y lugar.
Otros exámenes de conducción relacionados
¿Qué documentación deberá presentar el conductor de un vehículo que transporte mercancías peligrosas al cargador?
-Certificado ADR del vehículo en los casos en que sea necesario.
(media)
¿Qué es la masa en carga?
-Es la masa efectiva del vehículo y de su carga, incluida la masa del personal de servicio y de los pasajeros.
(media)
¿En qué supuestos una unidad de transporte que lleve mercancías peligrosas puede llevar más de un remolque o semirremolque?
-Nunca.
(media)
La formación continua es obligatoria para los titulares de los permisos de conducir:
-de las clases C, C+E, C1 y C1+E.
(media)
¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?
Empezar el examen