En un vehículo provisto de tacógrafo digital, el conductor deberá estar en disposición de presentar a los agentes de control, y siempre referido al día en curso y los 28 días anteriores:
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- A) los registros manuales e impresiones si se hubiese visto obligado a efectuarlos en dicho lapso de tiempo.
- B) la tarjeta de conductor.
- C) los discos-diagrama, solamente en el supuesto en el que hubiese conducido un vehículo con tacógrafo analógico en ese periodo.
- D) Todas las respuestas anteriores son correctas.
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¿Qué debe hacer un conductor si conduce un vehículo con tacógrafo digital sin tarjeta?
-Efectuar una impresión de datos al inicio y otra al final de la conducción.
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-Sí, si lo hace más de dos veces a la semana.
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