Es obligatoria la presencia de un acompañante a bordo de un vehículo que realice transporte escolar o de menores:
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- A) cuando se trate de transportes públicos discrecionales y las tres cuartas partes de los viajeros sean menores de 16 años.
- B) Nunca es obligatoria la presencia de acompañante, pero la empresa transportista será responsable de las consecuencias que se deriven de su ausencia.
- C) siempre, en todos los casos.
- D) cuando se trate de transportes públicos discrecionales y las tres cuartas partes de los viajeros sean menores de 18 años.
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Según la normativa vigente en la Unión Europea, ¿qué autobuses deben llevar obligatoriamente cinturones de seguridad en todos los asientos?
-Los de largo recorrido matriculados a partir del 20 de octubre de 2007.
(media)
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