¿Están obligados los autobuses públicos urbanos a llevar instalado limitador de velocidad?
Los autobuses urbanos de servicio público están sometidos a una normativa específica. Circulan en entornos urbanos, con velocidades máximas ya limitadas por la vía. Por ello, el limitador de velocidad no es obligatorio en este tipo de autobuses. La seguridad se controla mediante límites urbanos y gestión del tráfico.
La obligación del limitador afecta sobre todo a autocares interurbanos. En estos casos se busca evitar velocidades elevadas en vías rápidas. La masa máxima autorizada no cambia esta exención en autobuses urbanos. Por eso, la respuesta correcta es No.
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