La clasificación de los transportes de viajeros en ordinarios y especiales es una clasificación en función de:
La división de los transportes de viajeros en ordinarios y especiales se establece según la especificidad de su objeto y de su régimen jurídico.
Los ordinarios son servicios abiertos al público en general, con horarios y recorridos fijos (por ejemplo, líneas regulares de autobuses).
Los especiales atienden a grupos concretos como escolares o trabajadores, con condiciones y horarios adaptados a sus necesidades.
Esta clasificación no depende del ámbito territorial ni del tipo de vehículo, sino del destino del servicio y su regulación legal.
Por tanto, se basa en la especificidad de su objeto y de su régimen jurídico.
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