La estabilidad del autocar debe ser tal que no sobrepase el punto de vuelco, si la superficie sobre la que se encuentra situado se somete a un movimiento basculante hacia ambos lados hasta alcanzar un ángulo de:

La normativa exige que un autocar mantenga su estabilidad incluso cuando la superficie se inclina hasta 28°, evitando así el vuelco lateral.

Este ángulo garantiza un margen amplio ante maniobras bruscas, curvas o apoyos irregulares; por debajo de 28° (como 18° u 8°) la seguridad sería insuficiente y aumentaría el riesgo de pérdida de apoyo.

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