La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, ¿cómo deberá advertirse?
1. La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, ¿cómo deberá advertirse?
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Cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan la visibilidad, como en caso de niebla, deberá utilizarse:
-la luz antiniebla delantera o la luz de corto o largo alcance.
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Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes:
-están obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados cuando circulen en vías interurbanas, salvo en circunstancias autorizadas reglamentariamente. (media)
Las luces de posición delanteras:
-son obligatorias para los automóviles.
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¿Para qué fuegos se suelen emplear las mantas?
-Para fuegos en los vestidos.
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