La junta general de accionistas quedará válidamente constituida en segunda convocatoria cuando los accionistas presentes o representados posean, al menos:
En las sociedades anónimas, la junta general de accionistas quedará válidamente constituida en segunda convocatoria sin necesidad de un porcentaje mínimo de capital presente o representado, salvo que los estatutos dispongan lo contrario.
Esto significa que, a diferencia de la primera convocatoria, no se exige quórum legal mínimo para celebrar la reunión.
El objetivo es facilitar la toma de decisiones y evitar bloqueos en la gestión de la sociedad.
Sin embargo, los estatutos pueden establecer un porcentaje superior si los socios lo acuerdan.
Este sistema garantiza tanto la continuidad de la actividad social como la posibilidad de control interno.
En la práctica, se permite deliberar y votar con los accionistas efectivamente presentes.
De no haberse fijado reglas adicionales, la junta será válida aunque asista un solo accionista.
Regla práctica: En segunda convocatoria → no hay quórum mínimo legal, salvo que los estatutos lo impongan.
Otros exámenes de conducción relacionados
¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?
Empezar el examen