La junta general de una sociedad anónima deberá ser convocada mediante anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, publicado por lo menos:
La junta general de una sociedad anónima debe ser convocada mediante anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil con al menos un mes de antelación.
Este plazo garantiza que todos los accionistas tengan tiempo suficiente para informarse, preparar su participación y ejercer sus derechos.
El anuncio debe indicar la fecha, lugar, hora y orden del día de la reunión.
Convocarla con menos de un mes (15, 20 o 45 días) incumpliría la normativa societaria y podría invalidar los acuerdos adoptados.
Por tanto, la convocatoria debe publicarse un mes antes de la junta.
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