Los autobuses que trasladan viajeros dentro de un aeropuerto están:
Los autobuses que circulan dentro del aeropuerto realizan un transporte interno sin acceso a la red viaria general.
Al no salir de las instalaciones aeroportuarias, no se consideran transporte por carretera a efectos legales.
Por ello, el tacógrafo no es exigible en estos desplazamientos cerrados.
La exención se mantiene solo mientras el recorrido sea interno y limitado al recinto.
Si el autobús sale al exterior del aeropuerto, pasa a circular por vías públicas.
En ese caso, sí resultan aplicables las normas del Reglamento europeo de tacógrafo.
El criterio clave es el ámbito físico donde se presta el servicio.
Por eso, la exención solo existe dentro del recinto aeroportuario.
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