Los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de uso general se otorgan en régimen de:
Los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de uso general se otorgan en régimen de exclusividad.
Esto significa que una sola empresa o concesionario tiene el derecho exclusivo de explotar la línea o servicio autorizado por la Administración.
El objetivo es garantizar la continuidad, calidad y coordinación del servicio, evitando duplicidades o competencia desleal.
Durante el periodo de concesión, ninguna otra empresa puede operar la misma ruta sin autorización expresa.
El régimen de exclusividad también implica obligaciones de servicio público y cumplimiento de horarios y tarifas.
La Administración supervisa que el operador cumpla las condiciones establecidas en el contrato.
Este sistema busca equilibrio entre rentabilidad empresarial y atención al interés general.
Regla práctica: Una línea, un concesionario: servicio regular en régimen de exclusividad.
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