Los fundadores y los promotores de una sociedad anónima podrán reservarse derechos especiales durante un periodo de tiempo que no podrá exceder de:

Los fundadores y promotores de una sociedad anónima pueden reservarse derechos especiales por un periodo máximo de 10 años.

Estos derechos suelen estar relacionados con beneficios económicos o de gestión derivados de su participación inicial.

Su finalidad es recompensar el esfuerzo y el riesgo asumido en la creación de la empresa.

Transcurrido ese plazo, los derechos especiales dejan de tener validez automáticamente.

La duración está limitada por ley para proteger a los accionistas que se incorporen después.

Todo derecho reservado debe constar expresamente en la escritura de constitución o en los estatutos.

La norma evita abusos y garantiza un equilibrio entre fundadores y nuevos socios.

Regla práctica: Derechos especiales de fundadores = máximo 10 años de vigencia legal.

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