Los transportistas están obligados a remitir a las autoridades policiales españolas, respecto de las rutas de fuera del Espacio Schengen, la información sobre los viajeros que vayan a ser transportados:

Los transportistas están obligados a remitir a las autoridades policiales españolas la información sobre los viajeros que vayan a ser transportados por vía aérea, marítima o terrestre en rutas fuera del Espacio Schengen.

Esta obligación abarca a aviones, barcos, trenes y autobuses internacionales con destino o salida fuera del territorio Schengen.

El objetivo es reforzar el control fronterizo y la seguridad nacional mediante la verificación previa de los pasajeros.

Los datos se comunican antes de la salida del medio de transporte, conforme a la normativa europea y española.

Limitar esta obligación solo a una vía de transporte reduciría la eficacia del sistema de control.

La medida permite detectar posibles riesgos o irregularidades antes del embarque.

Su cumplimiento es obligatorio para todas las empresas que operen rutas internacionales.

Regla práctica: Fuera del Schengen = informar siempre, sea aire, mar o tierra.

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