Los transportistas, respecto de las rutas procedentes de fuera del Espacio Schengen, están obligados a comunicar a las autoridades encargadas del control de entrada:
Los transportistas que operan rutas procedentes de fuera del Espacio Schengen están obligados a comunicar a las autoridades de control el número y tipo de documento de viaje que acredite la identidad de cada viajero.
Esta medida permite realizar un control fronterizo eficiente y prevenir la entrada irregular de personas al territorio español o europeo.
La información incluye pasaporte, visado u otros documentos válidos de identificación internacional.
No es necesario comunicar el país de origen, género o agencia de venta de billetes.
El envío de estos datos debe hacerse antes de la salida del medio de transporte, según la normativa vigente.
Su finalidad es reforzar la seguridad y trazabilidad de los pasajeros internacionales.
El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones administrativas al transportista.
Regla práctica: Ruta fuera del Schengen = informar número y tipo de documento de identidad de cada viajero.
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