Los vehículos exentos del uso del aparato de control (tacógrafo), ¿tienen que usarlo en los recorridos en vacío que necesariamente realicen antes o después del servicio en el que están exentos?
1. Los vehículos exentos del uso del aparato de control (tacógrafo), ¿tienen que usarlo en los recorridos en vacío que necesariamente realicen antes o después del servicio en el que están exentos?
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Los vehículos exentos del uso del tacógrafo no están obligados a utilizarlo en ningún caso, tampoco en los recorridos en vacío realizados antes o después del servicio.
Estos desplazamientos forman parte de la actividad exenta, por lo que la normativa mantiene la exención sin atender a la distancia recorrida.
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