¿Puede la Administración imponer al contratista de un servicio público de transporte regular de uso general obligaciones de servicio público?

La Administración puede imponer al contratista de un servicio público de transporte regular de uso general determinadas obligaciones de servicio público, pero siempre con una compensación económica.

Estas obligaciones buscan garantizar la continuidad, accesibilidad y cobertura del transporte, incluso en zonas poco rentables.

La compensación permite equilibrar los costes adicionales que asume la empresa concesionaria.

De este modo, se asegura la prestación del servicio sin perjudicar su viabilidad económica.

La Administración mantiene el control, pero debe respetar los principios de equilibrio contractual y transparencia.

Estas medidas son habituales en servicios esenciales o de interés general.

Garantizan que todos los ciudadanos dispongan de transporte público adecuado.

Regla práctica: Obligación impuesta = compensación económica obligatoria al contratista.

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