¿Qué actividad podrán tener por objeto las cooperativas?

Las cooperativas pueden tener por objeto cualquier actividad económica lícita, sin limitación sectorial.

Esto significa que pueden dedicarse a producción, servicios, transporte, educación, vivienda o consumo, entre otras áreas.

La única condición es que su actividad respete la legalidad vigente y los principios cooperativos.

Su finalidad principal no es el lucro, sino la satisfacción de las necesidades comunes de sus socios.

Esta flexibilidad permite que las cooperativas se adapten a distintos ámbitos sociales y económicos.

La legislación reconoce su carácter de empresa participativa y solidaria dentro del mercado.

Además, pueden operar tanto a nivel local como internacional, según sus estatutos.

Regla práctica: Una cooperativa puede dedicarse a cualquier actividad económica lícita.

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